12 de abril 2024.- Colaborar económicamente con la Fundación Xana nos permite seguir apoyando a niños y niñas con enfermedades graves y a sus familias y tiene ventajas fiscales. Puedes recuperar una parte de tu aportación al deducir tus donativos en la declaración de la Renta.
Existen deducciones fiscales por donativos que pueden ir del 40% al 80% en el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). O lo que es lo mismo: de los primeros 250€ que dones, te deduces 200€. Si se supera esa cantidad, con el resto de la aportación se puede deducir hasta el 45 por ciento a partir del tercer año (si se ha donado en los dos ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anterior) y el 40 por ciento en el resto de los casos. Estos son los porcentajes de deducción de un particular actualizado tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.
En el caso de las personas jurídicas (empresas), pueden desgravar en el
Impuesto de Sociedades el 50 por ciento a partir del tercer año (si se ha donado la misma cantidad o superior en los dos años anteriores) y el 40 por ciento si se lleva menos de dos años colaborando.
Estas deducciones tienen un límite de base liquidable del 10% para las personas físicas y del 15% para las personas jurídicas. Cabe tener en cuenta también que el sistema de deducciones es diferente en el País Vasco y Navarra, mientras que cada Comunidad Autónoma puede aplicar también deducciones adicionales.
Si quieres más información puedes encontrarla en este enlace:
Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre